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Aumenta el control sobre los intermediarios de crédito

2012 es el año en que se publicó la circular del Banco de España que permite a la banca cobrar una compensación por riesgo de tipo de interés. Ahora, una directiva de la Unión Europea aparece para limitar al máximo esa comisión. El 21 de marzo es la fecha en la que la directiva debería haber sido transpuesta por los países europeos. En España, estamos esperando a que se forme el nuevo gobierno para que pueda ejercer sus funciones legislativas y aplicarla a nuestro derecho.

¿Qué quiere decir todo esto? Pues bien, de entrada, los bancos no podrán vincular la concesión de una hipoteca a la contratación de otros productos, si bien el Banco de España podrá autorizar esta práctica siempre que esos productos supongan un claro beneficio para los prestatarios. El borrador de la ley incluye varias novedades para los futuros hipotecados y, en algunos casos, también para los antiguos. Un gran cambio está en la comisión de amortización anticipada, un coste discrecional e incluso duplicado en los préstamos a tipo fijo.

Las hipotecas en otras divisas serán la diana de una vigilancia extrema. La entidad deberá informar a los clientes cuando lo que paguen por su letra en una moneda extranjera supere en un 20% lo que hubieran abonado en euros. Los hipotecados, además, siempre tendrán la opción de pasar su préstamo al euro.

Otro tema que regula la futura ley es la retribución de los comerciales de banca, que debe estar estrechamente ligada a criterios de prudencia en la concesión de hipotecas. No habrá bonus por asumir riesgos que rebasen el nivel de riesgo tolerado por el prestamista, ni la retribución debe fijarse en función de la cantidad o de hipotecas aceptadas.

No dude más en visitar nuestro despacho de abogados en Marbella para que revisemos su contrato de préstamo hipotecario. Pronto, esta nueva ley entrará en vigor y, dado su carácter retroactivo, puede que le afecte de manera favorable.
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