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¿Qué entendemos en España por desahucio?

¿Qué entendemos en España por desahucio?
¿Cuándo se utiliza habitualmente el término jurídico desahucio? Cuando se procede a privar al inquilino de la posesión del inmueble mediante una resolución judicial por un incumplimiento del contrato de arrendamiento, que generalmente tiene que ver con la falta de pago de la renta.

¿Qué otras connotaciones tiene? Suele utilizarse también como sinónimo de desalojo, dado que una orden judicial de desahucio tiene como finalidad el desalojo, valga la redundancia, de los arrendatarios de una vivienda.

¿Y en España? ¿Qué utilización ha tenido? Hasta hace unos años, en nuestro país tenía que ver fundamentalmente con el desalojo de los inquilinos de una vivienda o local comercial por orden judicial, pero, en los últimos tiempos, los desahucios durante la crisis económica hacen referencia también al lanzamiento o desahucio de viviendas, por ejecución forzosa.

En definitiva, ¿Qué ocurre en los supuestos de lanzamiento por ejecución forzosa? Que los afectados van a ser o bien desalojados a causa del impago de cuotas hipotecarias, derivadas de un préstamo con garantía real de hipoteca sobre el inmueble que ocupan; o bien van a ser echados, en la mayoría de casos junto a su familia, de la casa que habitaban y que habían comprado mediante hipoteca derivada de un préstamo concertado con una entidad financiera, durante la época de la burbuja inmobiliaria.
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